Publicado en el BOE el fin de la obligatoriedad de mascarillas en interiores

El Boletín Oficial de Estado (BOE) publicó ayer el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, cuyas disposiciones entraron en vigor de forma inmediata. La norma deroga la obligatoriedad de llevar mascarilla en interiores salvo en determinados supuestos. En los centros de trabajo, los departamentos de riesgos podrán emitir recomendaciones y obligar a su uso acogiéndose a las especificaciones de riesgos laborales, pero, como norma general, la mascarilla pasa a ser opcional desde este momento para todos los trabajadores.

Con la publicación del Real Decreto 286/2022 queda derogado el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la crisis sanitaria, y deroga toda norma anterior o de inferior rango por el principio de jerarquía normativa.

Como norma general, este decreto estipula que la mascarilla no es obligatoria ni se podrá obligar a llevarla: pasa a ser optativa en espacios interiores, además de en exteriores, y se recupera el derecho de los ciudadanos de poder quitársela o llevarla en cualquier lugar salvo en determinados supuestos como hospitales y demás centros y establecimientos sanitarios y transporte público.

En las empresas privadas y la Administración Pública, los servicios de prevención de riesgos evaluarán cada puesto de trabajo, pero tendrán que concretar y demostrar específicamente el riesgo para argumentar su obligatoriedad en función de las leyes de prevención (PRL), que a día de hoy no las contemplan como obligatorias en ningún entorno laboral, y requeriría un dictamen al respecto. La decisión de las empresas o de las instituciones públicas no podrá ser, por tanto, discrecional ni aleatoria.

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