
TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LES ILLES BALEARS (FPHIB), POR EL QUE SE MANTIENE EL TIPO DE LAS APORTACIONES EMPRESARIALES A LA FUNDACIÓN.- En el seno del Patronato de la FPHIB se alcanzó acuerdo de mantener el tipo de las aportaciones empresariales a la misma, que figura reseñado en el punto 2 del acta 35ª de la reunión celebrada el día 10 de julio de 2019, modificando el porcentaje vigente en el párrafo primero del artículo 1, del Acuerdo Laboral para la realización de aportaciones empresariales a la FPHIB de 23 de marzo de 2006 (BOIB núm. 67 de 9-mayo-2006), siendo el pacto al efecto el siguiente:
«Se acuerda que el tipo aplicable para el próximo periodo de recaudación, esto es, desde el 1/8/19 hasta el 31/7/20 se mantendrá en el 0,01% de las bases de cotización por contingencias profesionales.»
Por lo tanto, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 6 del Acuerdo Laboral referido, por el que se confiere a la Comisión paritaria del convenio el seguimiento, interpretación, gestión y administración del mismo, se da cuenta de la decisión de mantener temporalmente el importe de las aportaciones empresariales ratificando así el pacto alcanzado por el Patronato de la Fundación.
En tal sentido, el tipo aplicable a las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se mantendrá en el 0,01 por ciento durante el periodo de recaudación comprendido entre el 1 de agosto de 2019 y el 31 de julio de 2020, retomando el 0,02 por ciento a partir del 1 de agosto de 2020, salvo acuerdo en contrario adoptado en el seno del Patronato de la FPHIB.